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jueves, 17 de junio de 2010

EL CARGO DE CONCEJAL ES INDELEGABLE

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El Concejo Deliberante de San Isidro, en su sesión de esta tarde, aprobó el primer dictamen del año, en este caso producido por la Comisión de Interpretación y Reglamento del cuerpo y está referido a la indelegabilidad en el ejercicio del cargo de concejal.

Así lo precisó ante el requerimiento por parte de un monobloque de la concurrencia a reuniones de comisiones de personas ajenas al cuerpo que pretenden hacerlo, sin revestir el carácter de concejales.

El dictamen indica que “la responsabilidad en el ejercicio del cargo de Concejal es indelegable, por lo cual el derecho a la participación en las reuniones de comisión es una facultad propia del cargo que no puede ni debe ser delegada”.

Afirma también que “la participación de los secretarios de Bloque en las reuniones de las comisiones permanentes de asesoramiento de este cuerpo, es de carácter excepcional y su presencia es a efecto informativo”, añadiendo a continuación que “en tal supuesto, el secretario de Bloque contará con la correspondiente autorización del presidente del respectivo Bloque o de los concejales ausentes, la cual será comunicada al presidente de la respectiva Comisión”.

Por último expresa que “la participación en las Comisiones de representantes de organismos públicos o privados, vecinos e instituciones intermedias debe realizarse por pedido del interesado a participar de las mismas o por invitación de la Comisión. En ambos casos su intervención es informativa y referida al expediente que trate el tema puntual de la convocatoria que motiva su asistencia, sin desvirtuar la forma representativa de gobierno que establece nuestra constitución”.

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