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La Plata.- Conferencia de prensa del gobernador Daniel Scioli sobre la presentación del proyecto oficial de fertilidad asistida. "La ley tiene como objeto reconocer la cobertura médica asistencia integral a la infertilidad humana", destacó Scioli, y agregó que se "garantiza el mayor nivel de tratamiento médico asistencia integral dentro del ámbito de las parejas que padezcan estas patologías para la procreación de un hijo biológico".
CONFERENCIA DE PRENSA DEL GOBERNADOR DANIEL SCIOLI en Casa de Gobierno sobre la presentación del proyecto oficial de fertilidad asistida que será enviado hoy a la Legislatura provincial. Acompañaron al Gobernador, el jefe de gabinete, Alberto Pérez; el ministro de Salud, Alejandro Collia, y los diputados provinciales Juan De Jesús, Marcelo Feliú y Roberto Passo.
TEXTUALES DEL GOBERNADOR DANIEL SCIOLI
Dado el gran interés público y la innumerable cantidad de consultas que tuvimos en los últimos días a raíz de lo que venimos estudiando a partir de un trabajo de los diputados Feliú y Juan De Jesús, articular un proyecto impulsado desde el Ejecutivo provincial para dar respuesta al tratamiento de esta enfermedad reconocida por la Organización Mundial de la Salud que es la problemática de la infertilidad, por ello, en el día de hoy estamos sometiendo a consideración de la Legislatura el proyecto de ley que tiene como objeto otorgar la cobertura médico asistencial integral de la infertilidad humana.
Estudios internacionales confirman que una de cada seis parejas le cuesta tener hijos, para la concepción natural, y sólo el 6 por ciento pueden acceder a este tipo de tratamientos de altos costos.
También, en el marco de reconocimiento de derechos humanos a la salud en consonancia con el salto cualitativo fundamental referido a la Reforma Constitucional de 1994, introduciendo una faz más avanzada del derecho constitucional internacionalizando este derecho, en cuanto a lo que también expresa en ese sentido el artículo 36 de la Constitución Provincial inciso 8, que dice que la Provincia garantizará a todos sus habitantes el acceso a la salud, en aspectos preventivos, asistenciales y terapéuticos.
El Estado que debe asegurar a la familia la más amplia protección, y asistencia posible, especialmente para su constitución. El derecho de poder constituir una familia debe ser protegido con la cobertura de la obra social en los procedimientos quirúrgicos correctivos de fertilidad acreditada, llamados fertilización asistida.
La infertilidad, estudios sociológicos lo reflejan. No sólo la imposibilidad de concebir, sino también la frustración y la angustia que impacta en la salud física de la personas que la padecen.
Estos son algunos de los fundamentos que acompañan al proyecto de ley, en su parte fundamental, en el artículo uno hace referencia a que la ley tiene como objeto reconocer la cobertura médica asistencia integral a la infertilidad humana, el artículo 2 dice que la infertilidad es la imposibilidad de una pareja de concebir naturalmente o llevar el embarazo a término, una patología que afecta e imposibilita el pleno goce de la salud de acuerdo a la OMS.
El artículo 3 es muy importante para encuadrar con toda la claridad la problemática que estamos abordando porque garantiza el mayor nivel de tratamiento médico asistencia integral dentro del ámbito de las parejas que padezcan estas patologías para la procreación de un hijo biológico. El artículo cuatro, incorpórase dentro de las prestaciones del IOMA.
El artículo 5 afirma que el Ejecutivo establecerá un programa especial dentro de sus efectores públicos en el ámbito del Ministerio de Salud que conduce el doctor Collia. El artículo 6 establece que se facultará conveniar con obras sociales y médicas prepagas que presten servicio en la Provincia deben incluir la prestación médico obligatoria.
Como gobernador, mi principal tarea es cuidar la vida y generar las condiciones de igualdad de oportunidades que es lo más sagrado, y por eso damos este paso enviando este proyecto esperando que tenga el mayor consenso para hacer realidad el sueño de miles de parejas que no tienen los recursos, la posibilidad, la información y que entendemos que un Estado social activo debe estar allí a su lado para cumplir las expectativas.
Alejando Collia– ministro de Salud
La ley interpreta en su artículo quinto la creación de un Programa Provincial de Fertilidad asistida dentro de los hospitales públicos que permiten conveniar con la obra social de la provincia (IOMA) y el resto de las obras sociales y la medicina prepaga.
Respecto de los Centros asistenciales, uno de sus artículos expresa claramente el contralor que tendrá el Ministerio de Salud de los centros privados que llevan adelante este tipo de coberturas y asistencia en la salud reproductiva.
Limites en las pruebas
Marcelo Feliú (Diputado Provincial): El objeto de la ley tiene como principal objetivo el reconocer los problemas de infertilidad como un elemento que encuadra la carencia de salud, y como tal, el Estado cumpliendo su rol constitucional, garantiza su cobertura.
A partir de ahí, como toda ley, es susceptible de ser reglamentada en términos de razonabilidad. Por eso, con muy buen criterio, el Gobernador ha indicado, inclusive está taxativamente explicado en la Ley, invita –diría que indica, en términos legales- que la autoridad de aplicación, el ministerio de Salud, va a convocar a un comité de bioético multi o transdisciplinario a los efectos de poder abordar, en términos de, vuelvo a reiterar, multidisciplinarios, los aspectos reglamentarios de este derecho.
Cada pareja que tiene problemas para poder concebir naturalmente, son distintivos unos con otros. Por lo tanto, habrá que evaluar en cada caso concreto con criterios científicos y dentro del marco de la bioética, como es el marco de cobertura.
De hecho, en alguna otra legislación donde se ha avanzado sobre esto, en este nivel de cobertura la provincia de Buenos Aires, con la iniciativa del Gobernador va a ser vanguardia en la Argentina por este nivel integral de cobertura.
Va a hacer motivo de la reglamentación, con la colaboración del comité multidisciplinario de bioética que el ministerio de Salud va a convocar una vez que la Legislatura sancione y convierta en Ley este proyecto.
Como accederán quienes no tienen cobertura
Marcelo Feliú (Diputado Provincial): Por el ámbito de competencia de la provincia de Buenos Aires, esta Ley ya ordena a la obra social dependiente de la Provincia que es el IOMA a incluirlo en su cobertura.
Aquellos bonaerenses que no tengan cobertura, y tal vez este sea el sentido más igualitario que tiene esta ley, ordena a crear un programa estatal, a través de los efectores públicos, los hospitales públicos de la Provincia, para generar centros de referencia que puedan asumir la demanda de aquellos bonaerenses que no puedan acceder a estos tratamientos por una cuestión económica.
Y el tercer elemento para poder abordar todo el espectro de los habitantes de la provincia de Buenos Aires, se faculta al Gobernador para que pueda reunirse y conveniar con el resto de las obras sociales, para que puedan incluir en sus prestaciones la cobertura de los tratamientos de fertilidad.
Concubinato
Juan de Jesús (Diputado Provincial): Incluye a toda pareja estable, hayan estado casadas, sean convivientes y que hayan intentado a lo largo de un tiempo determinado que lo establecerá la reglamentación, ser sujeto de la fertilización asistida por cualquiera de los centros que hemos establecidos.
Centros de referencia
Alejandro Collia (ministro de Salud): Se van a establecer cuatro centros especializados, interpretando la geografía de la Provincia. Centros que van a tener la característica de trabajar en la más alta complejidad de este tema. Obviamente, van a estar con el resto de los hospitales provinciales y en una secuencia de complejidad se irán derivado los pacientes, formulando la oferta dentro de una red que es la red de hospitales de la provincia de Buenos Aires.
Los hospitales van a ser: el “Luis Güemes” de Haedo; el hospital “San Martín” de La Plata; el hospital de Bahía Blanca; y el hospital “Alende” de Mar del Plata.
Costos
Juan de Jesús (Diputado Provincial): Existen costos que tiene la actividad privada. Actualmente se están haciendo, promedio, 5 mil fertilizaciones asistidas en la Argentina por año. Hoy pueden acceder a ellas aquellos que tienen recursos económicos. Al no haber una, diríamos entre comillas “competencia”, diríamos que los costos están a sujeto del mercado.
Al plantear esto que el Gobernador con tanta decisión ha tomado como propio una necesidad de los ciudadanos, más que nada aquellos que no tienen la posibilidad de acceder a estos tratamientos y el efector público prestándose a llevar adelante estos servicios como también la obra social IOMA, y que también otras obras sociales y prepagas lo adopten, entendemos que los costos van a bajar.
Así que, esto no es motivo de que se puedan plantear y al mismo tiempo va poder ser asistido y no creemos que esto lleve a una mayor incidencia en el costo la cuota mensual que tenga que pagarse por la prestación de un servicio de la cobertura de cualquier obra social.
Fecha de sanción
Marcelo Feliú (Diputado Provincial): Esperamos que, ya el diputado De Jesús ha conversado con el diputado Paso, presidente de la Comisión de Salud, para tratar de dar a la brevedad posible dar la discusión más seria, más profunda y más rápida de algo que está directamente vinculado con la esperanza de miles de bonaerenses.
Así que, aspiramos a hacer un debate con esas características para rápidamente en Diputados tener una media sanción y que haga lo propio el Senado.
Madres solteras o del mismo sexo
Está contemplado, en esta etapa, el concepto de pareja. Y todo tratamiento está vinculado dentro del ámbito de la pareja. No fuera del ámbito de la pareja.
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