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jueves, 3 de marzo de 2011

RECLAMAN UN PLAN RECTOR PARA PRESERVAR EL FRENTE RIBEREÑO

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Con el objetivo de impedir daños ecológicos, esta tarde el Concejo Deliberante de San Isidro – en resolución aprobada por unanimidad- reiteró su pedido al gobierno provincial para que implemente un Plan Rector para el Desarrollo Sustentable del Delta del Paraná; algo que ya había solicitado en la sesión del 7 de octubre de 2009 a través de la Resolución N° 08/09, pero aún no obtuvo respuesta por parte de la Provincia.

Se trata de “preservar las costas ribereñas del Municipio de San Isidro y distritos cercanos frente al avance de urbanizaciones, desarrollos inmobiliarios y comerciales”, dice el expediente. Y hace referencia particularmente al emprendimiento llevado a cabo por la firma Colony Park S.A. en la primera sección de islas del Delta del Paraná, en Tigre.

Por eso, le solicitó al gobernador Daniel Scioli que “arbitre las medidas pertinentes a fin de que se suspendan todos los emprendimientos y/o procesos administrativos que tengan por finalidad desarrollos inmobiliarios en área de referencia. Y si corresponde que la Provincia inicie las acciones judiciales pertinentes conforme al artículo 28 de la constitución provincial”.

La resolución del Concejo afirma que “las construcciones que realizó Colony Park sobre los terrenos precitados ya afectaron los humedales y cursos de agua existentes, constituyendo un hecho consumado gravísimo, que no puede ser convalidado por una audiencia pública ambiental posterior”.

Por gestiones del municipio de San Isidro, semanas atrás el Organismo Provincial de Desarrollo Sustentable (OPDS) suspendió por 90 días la audiencia que iba a realizarse el pasado 23 de febrero en el HCD de Tigre y que tenía como finalidad informar a la comunidad sobre el accionar de esta empresa.

El OPDS es el ente de control medioambiental encargado de aprobar la evaluación de impacto ambiental previa, tal como exige el artículo 5 la ley provincial N° 11.723. Asimismo, la justicia federal de San Isidro frenó este proyecto urbanístico.

“La Audiencia postergada y el estudio obligatorio de impacto ambiental se realizarían sobre una obra con principio de ejecución, que ya produjo daños al medio ambiente. Se trata de un ilícito que no podrá reparase con actos posteriores”, finaliza el documento.

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